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Resumen novedades legislativas alarma Covid-19

  • 2 abril, 2020
  • Sin categorizar

Estimados clientes,

Ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 queremos estar a su lado e informarles de todas las medidas legales que, con carácter excepcional, se están adoptando por el Gobierno y que son de su interés y de su empresa.

 

  • NUEVAS MEDIDAS FISCALES, LABORALES Y MERCANTILES PANDEMIA COVID-19
  • PRESTACION POR CESE DE ACTIVIDAD AUTONOMOS COVID-19
  • MEDIDAS ECONOMICAS Y SOCIALES EXTRAORDINARIAS COVID-19
  • PERMISO EXTRAORDINARIO RETRIBUIDO

Novedades Legislativas Coronavirus (Covid-19).

  • 31 marzo, 2020
  • FiscalLaboralLegal
Adjuntamos recopilación de las publicaciones aparecidas en el BOE, actualizadas al viernes 29 de marzo, de todas las normas emanadas del Estado y de CCAA relativas a la crisis sanitaria originada por la enfermedad Covid-19.

Esperamos que sea de utilidad para ustedes, sin perjuicio que desde UAT & ABOGADOS seguimos trabajando para ayudarle y para aclarar cualquier extremo que consideren conveniente.

ESTATALES
Noticias destacadas
Hay que reseñar en esta quincena las diversas normas que se han dictado tanto para regular el estado de alarma, como en el ámbito económico y de protección de la salud pública, para intentar paliar la situación de crisis debida al coronavirus:

Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública. En esta norma el entender, como situación asimilada a accidente de trabajo y exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social, los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19.

Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, orientadas a orientan a reforzar el sistema de salud pública, apoyar a las personas trabajadoras y familias más vulnerables afectadas, garantizar la liquidez de las empresas del sector turístico y apoyar la financiación de pymes y autónomos.

Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Esta norma declara, con efectos desde última hora del 14 de marzo de 2020, el estado de alarma en todo el territorio nacional durante 15 días. El estado de alarma limita la libertad de circulación de personas y vehículos a unos supuestos tasados. También suspende la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, así como el cierre de locales y establecimientos minoristas, salvo los dedicados a alimentación. Asimismo se cierran todos los locales de ocio.

Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Esta disposición contiene una amplia batería de medidas entre la que destaca el refuerzo de la cobertura a los trabajadores afectados por un ERTE, posibilitándoles que tengan acceso a la prestación contributiva por desempleo, aunque carezcan del periodo de cotización necesario para tener acceso a ella y, adicionalmente, que el periodo de la suspensión del contrato o la reducción de la jornada durante el que estén percibiendo dicha prestación no les compute a efectos de consumir los periodos máximos de percepción legalmente establecidos.

También, con el objetivo de aligerar los costes en los que incurren las empresas, en los casos de fuerza mayor se exonera a las empresas del pago del 75 % de la aportación empresarial a la Seguridad Social alcanzando dicha exoneración el 100 % de la cuota cuando se trate de empresas de menos de 50 trabajadores, siempre que éstas se comprometan a mantener el empleo.

Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19. Entre otros aspectos, esta norma establece que durante la vigencia del estado de alarma, la fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en los arts. 22 y 23 RDL 8/2020, no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.

Respecto a los contratos temporales se establece la interrupción del cómputo de la duración de los mismos que, ante dicha circunstancia, no pueden alcanzar el objeto para el que fueron suscritos.

Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-1 (2020/7737). Este permiso será entre los días 30 de marzo y 9 de abril (ambos incluidos), para todo el personal laboral por cuenta ajena que preste servicios en empresas o entidades del sector público o privado que desarrollan las actividades no esenciales calificadas como tal el anexo.

Quedan exceptuados de su aplicación las personas trabajadoras que tengan su contrato suspendido durante el período indicado y aquellas que puedan continuar prestando servicios a distancia. La recuperación de las horas de trabajo se podrá hacer efectiva desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma hasta el 31 de diciembre de 2020.

Otras noticias relevantes
Medidas excepcionales. Salud pública
Orden PCM/205/2020, de 10 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de marzo de 2020, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la prohibición de los vuelos directos entre la República italiana y los aeropuertos españoles. BOE 61/2020 de 10 marzoElecciones. Servicio postal universal
Orden PCM/207/2020, de 9 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de febrero de 2020, por el que se establecen obligaciones de servicio público al prestador del servicio postal universal en las elecciones que se convoquen durante 2020. BOE 62/2020 de 11 marzoMedidas excepcionales. Salud pública
Orden PCM/216/2020, de 12 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de marzo de 2020, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la prohibición de entrada de buques de pasaje procedentes de la República italiana y de cruceros de cualquier origen con destino a puertos españoles. BOE 63/2020 de 12 marzoTratados internacionales
Protocolo entre el Reino de España y la República de Albania relativo a la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Albania sobre la readmisión de residentes ilegales, hecho en Tirana el 5 de abril de 2018. BOE 66/2020 de 14 marzoEstado de alarma. Medidas crisis sanitaria
Instrucción de 15 de marzo de 2020, del Ministerio de Defensa, por la que se establecen medidas para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el ámbito del Ministerio de Defensa. BOE 68/2020 de 15 marzoEstado de alarma. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Orden INT/226/2020, de 15 de marzo, por la que se establecen criterios de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en relación con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 68/2020 de 15 marzo

Estado de alarma. Instituciones Penitenciarias
Orden INT/227/2020, de 15 de marzo, en relación con las medidas que se adoptan en el ámbito de Instituciones Penitenciarias al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 68/2020 de 15 marzo

Estado de alarma. Sistema Nacional de Protección Civil
Orden INT/228/2020, de 15 de marzo, por la que se establecen criterios de aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el ámbito del Sistema Nacional de Protección Civil. BOE 68/2020 de 15 marzo

Estado de alarma. Medidas urgentes
Orden TMA/229/2020, de 15 de marzo, por la que dictan disposiciones respecto al acceso de los transportistas profesionales a determinados servicios necesarios para facilitar el transporte de mercancías en el territorio nacional. BOE 68/2020 de 15 marzo

Orden TMA/230/2020, de 15 de marzo, por la que se concreta la actuación de las autoridades autonómicas y locales respecto de la fijación de servicios de transporte público de su titularidad. BOE 68/2020 de 15 marzo

Orden TMA/231/2020, de 15 de marzo, por la que se determina la obligación de disponer mensajes obligatorios en los sistemas de venta de billetes online de todas las compañías marítimas, aéreas y de transporte terrestre, así como cualquier otra persona, física o jurídica, que intervenga en la comercialización de los billetes que habiliten para realizar un trayecto con origen y/o destino en el territorio español. BOE 68/2020 de 15 marzo

Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 68/2020 de 15 marzo

Orden SND/233/2020, de 15 de marzo, por la que se establecen determinadas obligaciones de información de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 68/2020 de 15 marzo

Orden SND/234/2020, de 15 de marzo, sobre adopción de disposiciones y medidas de contención y remisión de información al Ministerio de Sanidad ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 68/2020 de 15 marzo

Orden INT/239/2020, de 16 de marzo, por la que se restablecen los controles en las fronteras interiores terrestres con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 70/2020 de 16 marzo

Orden TMA/240/2020, de 16 de marzo, por la que se dictan disposiciones respecto a la apertura de determinados establecimientos de restauración y otros comercios en los aeródromos de uso público para la prestación de servicios de apoyo a servicios esenciales. BOE 70/2020 de 16 marzo

Estado de alarma. Medidas crisis sanitaria
Instrucción de 16 de marzo de 2020, del Ministerio de Defensa, por la que se establecen medidas para la gestión de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el ámbito del Ministerio de Defensa. BOE 71/2020 de 17 marzo

Estado de alarma. Medidas urgentes
Orden TMA/245/2020, de 17 de marzo, por la que se disponen medidas para el mantenimiento de los tráficos ferroviarios. BOE 72/2020 de 17 marzo

Orden TMA/246/2020, de 17 de marzo, por la que se establecen las medidas de transporte a aplicar a las conexiones entre la península y la Comunidad Autónoma de Canarias. BOE 72/2020 de 17 marzo

Orden TMA/247/2020, de 17 de marzo, por la que se establecen las medidas de transporte a aplicar a las conexiones entre la península y la Comunidad Autónoma de Illes Balears. BOE 72/2020 de 17 marzo

Controles fronterizos
Orden INT/248/2020, de 16 de marzo, por la que se establecen criterios de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ante el restablecimiento temporal de controles fronterizos. BOE 73/2020 de 18 marzo

Estado de alarma
Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 73/2020 de 18 marzo

Impuestos
Orden HAC/253/2020, de 3 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2019, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos. BOE 74/2020 de 19 marzo

Procedimientos tributarios. Gestión informatizada
Resolución de 11 de marzo de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras, con ocasión del pago de deudas con tarjetas de crédito y de débito, mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (sistema Cl@VE PIN). BOE 74/2020 de 19 marzo

Estado de alarma. Medidas urgentes
Orden TMA/254/2020, de 18 de marzo, por la que se dictan instrucciones en materia de transporte por carretera y aéreo. BOE 74/2020 de 19 marzo

Estado de alarma. Sector marítimo pesquero
Resolución de 16 de marzo de 2020, del Instituto Social de la Marina, por la que se adoptan determinadas medidas, con motivo del COVID-19, en relación con las prestaciones y servicios específicos para el sector marítimo-pesquero. BOE 74/2020 de 19 marzo

Estado de alarma. Medidas urgentes
Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, por la que se declara la suspensión de apertura al público de establecimientos de alojamiento turístico, de acuerdo con el artículo 10.6 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 75/2020 de 19 marzo

Orden TMA/258/2020, de 19 de marzo, por la que se dictan disposiciones respecto de los títulos administrativos y las actividades inspectoras de la administración marítima, al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 76/2020 de 20 marzo

Orden TMA/259/2020, de 19 de marzo, por la que se dictan instrucciones sobre transporte por carretera. BOE 76/2020 de 20 marzo

Orden SND/260/2020, de 19 de marzo, por la que se suspende la activación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad por criterios económicos ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 76/2020 de 20 marzo

Orden SND/261/2020, de 19 de marzo, para la coordinación de la actividad profesional de los miembros de los cuerpos de funcionarios regulados en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial durante la vigencia del estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. BOE 76/2020 de 20 marzo

Instrucción de 19 de marzo de 2020, del Ministerio de Sanidad, por la que se establecen criterios interpretativos para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 76/2020 de 20 marzo

Estado de alarma. Material sanitario
Resolución de 20 de marzo de 2020, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, sobre especificaciones alternativas a las mascarillas EPI con marcado CE europeo. BOE 77/2020 de 20 marzo

Estado de alarma. Residuos
Orden SND/271/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen instrucciones sobre gestión de residuos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 79/2020 de 22 marzo

Estado de alarma. Sanidad mortuoria
Orden SND/272/2020, de 21 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales para expedir la licencia de enterramiento y el destino final de los cadáveres ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 79/2020 de 22 marzo

Estado de alarma. Contratación administrativa
Resolución de 20 de marzo de 2020, de la Intervención General de la Administración del Estado, sobre medidas a adoptar en el ámbito de la comprobación material de la inversión, durante el período de duración del estado de alarma declarado como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 81/2020 de 24 marzo

Estado de alarma. Transporte de viajeros
Orden TMA/273/2020, de 23 de marzo, por la que se dictan instrucciones sobre reducción de los servicios de transporte de viajeros. BOE 81/2020 de 24 marzo

Estado de alarma. Aguas
Orden SND/274/2020, de 22 de marzo, por la que se adoptan medidas en relación con los servicios de abastecimiento de agua de consumo humano y de saneamiento de aguas residuales. BOE 81/2020 de 24 marzo

Estado de alarma. Centros de servicios sociales residenciales
Orden SND/275/2020, de 23 de marzo, por la que se establecen medidas complementarias de carácter organizativo, así como de suministro de información en el ámbito de los centros de servicios sociales de carácter residencial en relación con la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 81/2020 de 24 marzo

Estado de alarma. Medicamentos
Orden SND/276/2020, de 23 de marzo, por la que se establecen obligaciones de suministro de información, abastecimiento y fabricación de determinados medicamentos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 81/2020 de 24 marzo

Estado de alarma. Medidas urgentes
Instrucción de 23 de marzo de 2020, del Ministerio de Sanidad, por la que se establecen criterios interpretativos para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 81/2020 de 24 marzo

Estado de alarma. Alojamientos turísticos
Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, por la que se declaran servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos y se adoptan disposiciones complementarias. BOE 82/2020 de 25 marzo

Estado de alarma. Movilidad
Orden TMA/278/2020, de 24 de marzo, por la que se establecen ciertas condiciones a los servicios de movilidad, en orden a la protección de personas, bienes y lugares. BOE 82/2020 de 25 marzo

Estado de alarma. Transporte de animales
Orden TMA/279/2020,de 24 de marzo, por la que se establecen medidas en materia de transporte de animales. BOE 82/2020 de 25 marzo

Estado de alarma. Transporte aéreo
Orden PCM/280/2020, de 24 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020, por el que se modifica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de marzo de 2020, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la prohibición de los vuelos directos entre la República Italiana y los Aeropuertos Españoles. BOE 82/2020 de 25 marzo

Estado de alarma. Personas en situación de dependencia
Resolución de 23 de marzo de 2020, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. BOE 82/2020 de 25 marzo

Estado de alarma. Fronteras
Orden INT/283/2020, de 25 de marzo, por la que se prorrogan los controles en las fronteras interiores terrestres restablecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 83/2020 de 26 marzo

Estado de alarma. Formación militar
Orden DEF/291/2020, de 26 de marzo, por la que se establece la competencia para determinar las asignaturas de los currículos de la enseñanza de formación susceptibles de ser impartidos a distancia y se habilita a los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos y la Armada y al Subsecretario de Defensa, en el ámbito de sus competencias, a establecer, con criterios objetivos, el nivel mínimo a alcanzar en los diversos cursos académicos de formación para la verificación de los conocimientos alcanzados por los alumnos. BOE 85/2020 de 27 marzo

Estado de alarma. Prórroga
Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 86/2020 de 28 marzo

Estado de alarma. Sanidad mortuoria
Orden SND/296/2020, de 27 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales para el traslado de cadáveres ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE 86/2020 de 28 marzo

AUTONÓMICAS
C.A. Andalucía
Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía. BOJA Ext. 4/2020 de 12 marzoDecreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19). BOJA Ext. 8/2020, de 17 marzoDecreto-ley 4/2020, de 20 de marzo, de medidas urgentes, en el ámbito educativo, de apoyo a escuelas-hogar y a centros de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el Coronavirus (COVID-19). BOJA Ext. 9/2020, de 21 marzoDecreto-Ley 5/2020, de 22 de marzo, por el que se modifica el Decreto-Ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución de coronavirus (COVID-19). BOJA Ext. 10/2020, de 22 marzoC.A. Canarias
Decreto 25/2020, de 17 de marzo, del Presidente, por el que se establecen las condiciones de conectividad marítima interinsular en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. BOC 54/2020, de 18 marzoDecreto 28/2020, de 18 de marzo, del Presidente, por el que se establecen medidas para el control de las personas que se desplacen por vía aérea o marítima en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, con independencia de su procedencia y medio de transporte utilizado, en orden a la contención de la expansión del COVID-19. BOC 55/2020, de 19 marzo

Ley 1/2020, de 20 de marzo, de medidas urgentes, por la que se regula la ayuda para la adquisición de medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud a las personas que ostenten la condición de pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios cuya renta anual sea inferior a 18.000 euros. BOC 59/2020, de 25 marzo

C.A. Cantabria
Decreto 18/2020, de 15 de marzo, por el que se establecen los servicios esenciales del Gobierno de Cantabria y se fijan las instrucciones para la prestación de los servicios por parte de los empleados públicos durante el estado de alarma declarado por el Gobierno de la Nación el 14 de marzo de 2020. BOCA Ext. 13/2020, de 15 marzo

C.A. Castilla-La Mancha
Decreto 8/2020, de 12 de marzo, del Presidente de la Junta de Comunidades, sobre medidas extraordinarias a adoptar con motivo del coronavirus (SARS-CoV-2). DOCM 51/2020, de 13 marzo

Decreto 5/2020, de 3 de marzo, por el que se regula el turismo activo y el ecoturismo en Castilla-La Mancha. DOCM 55/2020, de 17 marzo

Decreto 7/2020, de 10 de marzo, regulador de las profesiones turísticas y del inicio de actividad de las empresas de información turística en Castilla-La Mancha. DOCM 55/2020, de 17 marzo

Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19. DOCM 57/2020, de 20 marzo

Decreto 10/2020, de 26 de marzo, por el que se modifica el Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19. DOCM 64/2020, de 28 marzo

C.A. Cataluña
Ley 2/2020, de 5 de marzo, de la vitivinicultura. (DOGC 8080/2020 de 9 de Marzo de 2020). DOGC 8080/2020 de 9 marzo

Decreto Ley 4/2020, de 10 de marzo, por el que se establece un régimen transitorio para la concesión de las indemnizaciones y ayudas para mujeres víctimas de violencia machista, previstas en el Decreto 80/2015, de 26 de mayo. DOGC 8083/2020 de 12 marzo

Ley 3/2020, de 11 de marzo, de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios. DOGC 8084/2020 de 13 marzo

Decreto Ley 5/2020, de 12 de marzo, de modificación de la Ley 29/2010, del 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña. DOGC 8084A/2020 de 13 marzo

Decreto Ley 6/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes en materia asistencial, presupuestaria, financiera, fiscal y de contratación pública, con el fin de paliar los efectos de la pandemia generada por el coronavirus SARS-CoV-2. DOGC 8084A/2020 de 13 marzo

Decreto Ley 7/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transparencia, de transporte público y en materia tributaria y económica. DOGC 8089/2020 de 19 marzo

Decreto Ley 8/2020, de 24 de marzo, de modificación parcial del Decreto ley 7/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transparencia, de transporte público y en materia tributaria y económica, y de adopción de otras medidas complementarias. DOGC 8095A/2020 de 25 marzo

Decreto Ley 9/2020, de 24 de marzo, por el que se regula la participación institucional, el diálogo social permanente y la concertación social de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en Cataluña. DOGC 8096/2020 de 26 marzo

Decreto Ley 10/2020, de 27 de marzo, por el que se establecen nuevas medidas extraordinarias para hacer frente al impacto sanitario, económico y social del COVID-19. DOGC 8098/2020 de 28 marzo

C.A. Extremadura
Ley 2/2020, de 4 de marzo, de apoyo, asistencia y reconocimiento a la víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. DOE 47/2020, de 9 marzo

Decreto 17/2020, de 15 de marzo, por el que se determinan los servicios públicos básicos de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su sector público institucional, ante la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. DOE Ext. 2/2020, de 15 marzo

Decreto-ley 1/2020, de 18 de marzo, por el que se establecen medidas liberalizadoras de los horarios de apertura de las actividades comerciales habilitadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionado por el COVID 19. DOE 56/2020, de 20 marzo

Decreto-ley 2/2020, de 25 de marzo, de medidas urgentes de carácter tributario para paliar los efectos del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Extremadura. DOE 61/2020, de 27 marzo

Decreto-ley 3/2020, de 25 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes y extraordinarias en el ámbito administrativo para responder al impacto de la crisis ocasionada por el COVID-19. DOE 61/2020, de 27 marzo

C.A. Galicia
Decreto 45/2020, de 18 de marzo, por el que se deja sin efecto la celebración de las elecciones al Parlamento de Galicia de 5 de abril de 2020 como consecuencia de la crisis sanitaria derivada del COVID-19. DOG 54/2020, de 18 marzo

C.A. Illes Balears
Decreto ley 4/2020, de 20 de marzo, por el que se establecen medidas urgentes en materia de contratación, convenios, conciertos educativos y subvenciones, servicios sociales, medio ambiente, procedimientos administrativos y presupuestos para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. BOIB 40/2020, de 21 marzo

Decreto ley 5/2020, de 27 de marzo, por el que se establecen medidas urgentes en materias tributaria y administrativa para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. BOIB 45/2020, de 28 marzo

C.A. País Vasco
Decreto 36/2020, de 10 de marzo, por el que se regula el Modelo de Gestión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. BOPV 51/2020, de 13 marzo

Decreto 6/2020, de 13 de marzo, del Lehendakari, por el que avoca para sí la dirección del Plan de Protección Civil de Euskadi, Larrialdiei Aurregiteko Bidea-Labi, ante la situación generada por la alerta sanitaria derivada de la propagación del Covid-19. BOPV 52/2020, de 14 marzo

Decreto 7/2020, de 17 de marzo, del Lehendakari, por el que deja sin efecto la celebración de las elecciones al Parlamento Vasco del 5 de abril de 2020, debido a la crisis sanitaria derivada del Covid-19, y se determina la expedición de la nueva convocatoria. BOPV 55/2020, de 18 marzo

C.A. Región de Murcia
Decreto Ley 2/2020, de 26 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria y de agilización de actuaciones administrativas debido a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BORM Sup. 7/2020, de 26 marzo

C.A. Valenciana
Decreto 4/2020, de 10 de marzo, del president de la Generalitat, por el que se suspende y se aplaza la celebración de las fiestas de las Fallas en la Comunitat Valenciana, y de la Magdalena en Castelló. DOGV 8759/2020 de 11 marzo

Decreto 33/2020, de 13 de marzo, del Consell, por el que se disponen medidas extraordinarias de gestión sanitaria en salvaguarda de la salud pública a causa de la pandemia por coronavirus SARS-CoV (Covid-19). DOGV 8762/2020 de 14 marzo

C.F. Navarra
Ley Foral 5/2020, de 4 de marzo, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2020. BON 48/2020 de 10 marzo

Decreto-Ley Foral 1/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19). BON 58/2020 de 19 marzo

 

*Fuente: Lefebvre

Registro horario laboral

  • 27 noviembre, 2019
  • Laboral

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha finalizado entre mayo y octubre 5.363 expedientes relacionados con el registro de jornada y el tiempo de trabajo, un 3,9% más que en el semestre anterior (entre noviembre de 2018 y abril de 2019). Así lo trasladó ayer el Ministerio de Trabajo, cuando se cumplían seis meses de la entrada en vigor de la obligación del registro de la jornada el pasado 12 de mayo, tras la aprobación del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. En estos expedientes, se han constatado 980 infracciones, un 9,8% más, lo que supone que se han detectado vulneraciones en materia de tiempo de trabajo en el 18,3% de las empresas inspeccionadas.

El importe de las sanciones reclamadas asciende a 1.263.378,5 euros, de los cuales 113.181 euros se han propuesto en expedientes que versan exclusivamente sobre el registro de jornada y 1.150.197,5 euros en expedientes inscritos en la campaña específica en materia de tiempo de trabajo que desarrolla la Inspección. En las actuaciones de esta campaña se ha revisado la existencia del registro de jornada y éste se ha utilizado como medio de prueba para la realización de la actuación inspectora.

Para reforzar y aumentar las actuaciones llevadas a cabo en estos seis meses, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en coordinación con las Comunidades Autónomas, va a poner en marcha en 2020 una nueva campaña de inspección específica sobre el registro horario.

Este Real Decreto-ley incluyó, entre otras medidas, la obligatoriedad del registro de tiempo de trabajo. Este registro horario se aplica a todos los trabajadores y en todos los sectores y empresas, siempre que estén incluidas en el ámbito de aplicación que define el artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores, lo que incluye al teletrabajo y otras fórmulas de horario flexible, al igual que a trabajadores móviles como los comerciales.

Cita Fuente: Expansión.

GASTOS CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA

  • 15 marzo, 2019
  • Sin categorizar

El Tribunal Supremo ha dictaminado sobre a quién corresponde pagar (al banco o al cliente) los gastos de constitución de la hipoteca.
Hipoteca. El Tribunal Supremo consideró abusivo imponer al consumidor todos los gastos relacionados con la escritura de hipoteca, lo que abrió la puerta a reclamar su devolución. Apunte. Aunque para el AJD los criterios quedaron claros (ahora debe pagarlo el banco, pero respecto a las hipotecas anteriores el cliente no lo podía reclamar), para el resto de gastos los tribunales han aplicado criterios divergentes.
Nuevo criterio. Pues bien, recientemente el Tribunal Supremo ha dictaminado las siguientes reglas [TS 23-01-2019]:
• Notario. Respecto a los gastos de notario, considera que la intervención notarial interesa a ambas partes, por lo que el coste de la matriz de la escritura se debe pagar por mitades. Apunte. En cuanto al coste de las copias de la escritura, lo asume quien las solicite.
• Registro y gestoría. El banco debe pagar los gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad (pues es el interesado en la inscripción). Apunte. Sin embargo, los gastos de gestoría se reparten al 50%.
• Comisión de apertura. Aunque algunos tribunales habían obligado al banco a devolver la comisión de apertura, el Tribunal Supremo lo ha rechazado, por lo que debe pagarla el cliente.
¿Cómo actuar? Con este criterio pierde atractivo reclamar la devolución, pues el importe reclamable se reduce (por ejemplo, para una hipoteca de 150.000 euros, puede ser de unos 700). En todo caso:
• Una opción es reclamar extrajudicialmente la devolución de los gastos siguiendo estos nuevos criterios (tras esta sentencia, es posible que los bancos acepten dicha devolución).
• Si el banco no acepta la devolución, consulte con nosotros si merece la pena reclamar judicialmente. En este sentido, si tiene otros conceptos para reclamar (como la anulación de la cláusula suelo), una opción es aprovechar la misma demanda para reclamarlo todo.
El Tribunal Supremo ha clarificado quién debe pagar los gastos de constitución de la hipoteca. Consulte con nosotros si merece la pena reclamar judicialmente.

Ref.: Indicator/LEFEBVRE

Pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD)

  • 12 diciembre, 2018
  • FiscalLegal

En los tiempos que vivimos se ha hablado mucho de la sentencia del Tribunal Supremo que resuelve sobre quién debe pagar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) que se devenga cuando se constituye una hipoteca, habiendo pasado casi desapercibida otra sentencia que también afecta a ese mismo impuesto; en concreto, al AJD que se devenga cuando se firma una escritura de disolución de condominio.
Existe condominio cuando varias personas son propietarias de un inmueble, podemos poner como ejemplo dos hermanos que heredan un inmueble y que, por tanto, son propietarios de un 50% cada uno, también inmuebles adquiridos por un matrimonio o pareja a partes iguales, etc.
En estos casos, es habitual que uno de los copropietarios quiera adquirir al otro/otros restantes su parte, por lo que para ello se suele firmarse una escritura de disolución de condominio, en la que el propietario que se queda el inmueble compensa al otro con una cantidad equivalente al valor de su parte.
Las ventajas que esta “disolución del condominio” presenta con respecto a la compraventa son:
◦Si se firmase una compraventa (por la parte proporcional transmitida), el adquirente debería tributar por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que puede ser de hasta el 11% del valor de la parte transmitida, según la comunidad autónoma.
◦ En cambio, la disolución de condominio sólo tributa por el AJD, a un tipo de entre el 0,50% y el 1,50% (según la comunidad autónoma), dándose así un importante ahorro.
Hacienda acepta esta operativa y la tributación por AJD de las disoluciones de condominio que hasta ahora, consideraba que dicho impuesto debía calcularse sobre el valor total del inmueble. (Por ejemplo, en un inmueble compartido por dos hermanos con un valor de 100.000 euros, en la disolución de condominio se exigía el AJD sobre esos 100.000 euros, y no sobre 50.000).
Pues bien, según el Tribunal Supremo en casación ha dictaminado en contra del criterio de Hacienda, y ha fijado que el AJD debe calcularse únicamente sobre la parte del inmueble que pertenecía al copropietario que deja de serlo tras la operación.
Por lo tanto si en los últimos cuatro años ha liquidado una escritura de este tipo, pagando el AJD sobre el 100% del valor del inmueble, solicítenos presupuesto para encargarnos de todo el procedimiento y que Hacienda devuelva lo pagado en exceso.

Fuente: “Tribunal Supremo Sala 3ª, sec. 2ª, S 09-10-2018, nº 1484/2018, rec. 4625/2017”

Impugnación de Acuerdos Sociales

Impugnación de Acuerdos Sociales

  • 3 agosto, 2016
  • Legal

La junta general, adopta sus acuerdos por mayoría y éstos vinculan a todos los socios.

Todos los años durante el mes de junio, se celebran un gran número de juntas generales de socios o accionistas, y lo que ahora se plantean muchos socios de dichas sociedades, principalmente, socios minoritarios, es, si deben impugnar la Junta o los acuerdos adoptados en la misma, por entender que dichos acuerdos no se ajustan a la ley, a los estatutos de la sociedad o se hayan lesionado los intereses de la sociedad en beneficio de un socio o un tercero, y como llevar a cabo dicha impugnación.

Los acuerdos tomados en las sociedades pueden impugnarse. El RD Legislativo 1/2010, de 2 de Julio, aprobó el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, modificado el 4 de diciembre de 2014, por la Ley 31/2014 que modificó la Ley de Sociedades de Capital con el fin de mejorar aspectos del gobierno corporativo.

 

IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS SOCIALES

  1. CONCEPTO Y REGULACIÓN

Se conoce como impugnación de acuerdos sociales al proceso judicial mediante el cual, a instancias de un legitimado, se cuestiona la viabilidad jurídica de las decisiones adoptadas por el órgano soberano de una sociedad.

Se trata básicamente, de un procedimiento que surge en el ámbito societario, y más en particular, en el de las sociedades de capital en cuya normativa, se despliega la más completa regulación de esta cuestión.

Es por ello que el análisis de la impugnación de los acuerdos sociales exige analizar el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 22 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, que es la norma que contiene normas especialmente dedicadas a la impugnación de Acuerdos Sociales. La Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo, con entrada en vigor el 24 de diciembre de 2014, introduce novedades de calado en la materia, unificando todos los casos de impugnación bajo un régimen general de anulación para el que se prevé un plazo de caducidad de un año (tres meses en el caso de sociedades cotizadas), con la única excepción de los acuerdos contrarios al orden público, que se reputan imprescriptibles.

 

  1. ACUERDOS IMPUGNABLES

El artículo 204.1 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en su regla l.ª establece: «Acuerdos Impugnables: Son impugnables los acuerdos sociales que sean contrarios a la ley, se opongan a los estatutos o al reglamento de la junta de la sociedad o lesionen el interés social en beneficio de uno o varios socios o de tercero«.

  1. a) Acuerdos nulos, (Pretensión declarativa de nulidad).

En primer término son acuerdos nulos los acuerdos contrarios a la ley; ahora bien, no toda violación de la norma jurídica genera esta determinación de invalidez, sino como la doctrina y la jurisprudencia han matizado, la sanción de nulidad se circunscribe a la ineficacia de normas imperativas, la norma infringida ha de ser norma de «Ius Cogens», de conformidad con la interpretación genérica del artículo del Código Civil, es de interpretación restrictiva.

En este sentido se puede establecer una distinción en las siguientes clases de acuerdos nulos:

– Acuerdos nulos por existir una contravención de los requisitos formales que la ley exige para la regular constitución de la Junta.

– Acuerdos nulos por no haberse podido formar la voluntad colectiva.

– Acuerdos nulos cuando su contenido vulnera alguna norma imperativa de carácter material.

  1. b) Acuerdos anulables, (Pretensiones constitutivas de anulación).

A tenor del artículo 204 de la Ley de Sociedades de Capital serán anulables los acuerdos que se opongan a los estatutos, o al reglamento de la junta de la sociedad, o lesionen, en beneficio de uno o varios accionistas o de terceros, los intereses de la Sociedad.

Estos acuerdos, sino se impugnan, puede sanarse por vía de la confirmación (artículo 1311 del Código Civil) o convalidarse por transcurso del tiempo (artículo 1930 del Código Civil); la legitimación activa para su impugnación está limitada a determinados sujetos de derecho (artículo 1302 del Código Civil), y la acción se extingue por transcurso del tiempo.

  1. Acuerdos que se opongan a los estatutos.

Son aquellos que violan de forma clara alguna norma de los Estatutos. Cuando la norma estatutaria violada constituya una reproducción de un precepto legal de carácter imperativo, en tal caso, nos encontramos ante un supuesto de nulidad de pleno derecho y no de anulabilidad.

  1. Se opongan al reglamento de la junta de la sociedad. Novedad introducida en la reforma de la Ley 31/2014, y que equipara dicho reglamento a los estatutos a los efectos impugnatorios.
  2. Acuerdos contrarios al interés social. La reforma indicada define este concepto, señalando que la lesión del interés social se produce también cuando el acuerdo, aun no causando daño al patrimonio social, se impone de manera abusiva por la mayoría. Se entiende que el acuerdo se impone de forma abusiva cuando, sin responder a una necesidad razonable de la sociedad, se adopta por la mayoría en interés propio y en detrimento injustificado de los demás socios.

 

III. PLAZO PARA EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN

El artículo 205 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital regula los plazos de ejercicio de la acción de impugnación de acuerdos sociales, que se unifican en la reforma señalada, al señalar que .la acción de impugnación de los acuerdos sociales caducará en el plazo de un año, salvo que tenga por objeto acuerdos que por sus circunstancias, causa o contenido resultaren contrarios al orden público, en cuyo caso la acción no caducará ni prescribirá.

Caducidad que se traduce en su apreciación de oficio por el Juzgador no existen causas de interrupción, y, su cómputo comprende los días naturales.

Y ya que hemos hecho referencia al cómputo del plazo, el apartado segundo del mismo precepto regula esta normativa, diciendo:

«El plazo de caducidad se computará desde la fecha de adopción del acuerdo si hubiera sido adoptado en junta de socios o en reunión del consejo de administración, y desde la fecha de recepción de la copia del acta si el acuerdo hubiera sido adoptado por escrito. Si el acuerdo se hubiera inscrito, el plazo de caducidad se computará desde la fecha de oponibilidad de la inscripción”.

Es decir, se computa a partir del día siguiente a la adopción, la recepción de la copia escrita o de la posibilidad de oponerse al acuerdo.

 

  1. LEGITIMACIÓN
  2. Legitimación activa para impugnación de acuerdos sociales en general

El artículo 206 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital en su regla l.ª, dice:

«Para la impugnación de los acuerdos sociales están legitimados cualquiera de los administradores, los terceros que acrediten un interés legítimo y los socios que hubieran adquirido tal condición antes de la adopción del acuerdo, siempre que representen, individual o conjuntamente, al menos el uno por ciento del capital. Los estatutos podrán reducir los porcentajes de capital indicados y, en todo caso, los socios que no los alcancen tendrán derecho al resarcimiento del daño que les haya ocasionado el acuerdo impugnable.”

El apartado quinto de dicho precepto legal añada que no podrá alegar defectos de forma en el proceso de adopción del acuerdo quien habiendo tenido ocasión de denunciarlos en el momento oportuno, no lo hubiera hecho.

  1. a) Socios

Como establece la doctrina son los legitimarios originarios para ejercitar la acción de impugnación.

Como presupuesto procesal acreditativo de la cualidad de demandante a tenor de la normativa general procesal y su falta puede ser denunciada por la parte demandada, viniendo obligado el demandante a acreditar su cualidad de socio cuando las acciones sean al portador (Sentencia de 30 de marzo de 1984).

La cualidad de socio se ha de ostentar desde el inicio del proceso hasta sentencia, su pérdida implica la pérdida de la legitimación activa.

En el supuesto de copropiedad de acciones el artículo 126 de la Ley de Sociedades de Capital obliga a la designación de una sola persona para el ejercicio de los derechos de socio, quien será la legitimada.

En el caso de usufructo de acciones el legitimado activo es el nudo propietario, salvo que los estatutos dispongan lo contrario de modo expreso.

En el supuesto de prenda o embargo, la legitimación corresponde al propietario (artículos 132 y 133 Ley de Sociedades de Capital).

Legitimación activa ostentarán los titulares de acciones sin voto (artículo 102 Ley de Sociedades de Capital).

  1. b) Administradores

Legitimación originaria si son, además, accionistas, y legitimación desplazada por sustitución procesal, si no lo son.

  1. c) Terceros

El legislador adoptando la opinión mayoritaria doctrinal y la orientación jurisprudencial, ha recogido de modo expreso la legitimación de los terceros siempre que ostenten un interés legítimo.

Debiendo entenderse por tal, cuando pueden verse afectados por las consecuencias o efectos ulteriores de la cosa juzgada sobre sus derechos personales, sociales o patrimoniales, y siempre que tengan constancia de la nulidad del acuerdo, por cuanto en caso contrario regiría el artículo 208.2 de la Ley de Sociedades de Capital que establece que la sentencia no afectará a los derechos adquiridos de buena fe por los terceros, a consecuencia del acuerdo impugnado.

  1. Legitimación activa para impugnación de acuerdos contrarios al orden público

El artículo 206.2 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital establece:

“La impugnación de los acuerdos que sean contrarios al orden público estará legitimado cualquier socio, aunque hubieran adquirido esa condición después del acuerdo, administrador o tercero.”

Se supera, de esta forma, la anterior legislación que distinguía entre la legitimación para la impugnación de acuerdos nulos, y anulables (entre éstos últimos, los socios presentes en la junta que hayan hecho constar en el acta su oposición, los ausentes, y los socios privados ilegítimamente de su voto).

  1. Legitimación pasiva

El artículo 206.3 de la Ley de Sociedades de Capital, dice:

«Las acciones de impugnación deberán dirigirse contra la sociedad. Cuando el actor tuviese la representación exclusiva de la sociedad y la junta no tuviese designado a nadie a tal efecto, el juez que conozca de la impugnación nombrará la persona que ha de representarla en el proceso, entre los socios que hubieren votado a favor del acuerdo impugnado”.

La capacidad para ser parte la ostenta la sociedad y la capacidad de obrar procesal está atribuida al legal representante, cuando éste sea administrador exclusivo y ejercite la acción, corresponde al Juez designar al accionista que ha de ejercer la actuación procesal, para lo cual el actor deberá aportarle los datos fácticos (lista de accionistas que han votado a favor del acuerdo, etc.) para que el órgano jurisdiccional dé cumplimiento al precepto legal, decisión que únicamente podrá ser recurrida en reposición y que puede generar problemas prácticos de operatividad procesal que deberán ser resueltos por el Juzgador con buen sentido y agilidad, efectuando una labor integradora, e, incluso, aplicar por vía analógica la normativa de las cooperativas, designar al accionista que eventualmente hubiesen elegido antes los socios votantes a favor del acuerdo impugnado.

Por último, la legislación actual permite actuar en el proceso a «los accionistas que habían votado a favor del acuerdo impugnado», «a su costa», para mantener su validez.

 

  1. PROCESO JUDICIAL

La impugnación de acuerdos sociales, en tanto vengan referidos a sociedades mercantiles y cooperativas, es materia de la que conocen, objetivamente los Juzgados de lo Mercantil –artículo 86 ter Ley Orgánica del Poder Judicial-, siendo el resto de supuestos -sociedades civiles-, competencia de los Juzgados de Primera Instancia.

El proceso judicial por el que deben plantearse la impugnación de los acuerdos sociales es el Juicio Ordinario, siendo competente territorialmente para conocer de la impugnación de los acuerdos sociales el Juzgado del lugar del domicilio social.

La sentencia que recaiga en el procedimiento y que declare la nulidad del acuerdo debe inscribirse en el Registro Mercantil cuando el acuerdo nulo fuese también inscribible.

 

Eduardo Bazaco

Col. ICAM 61.242

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